Reglamento

SORTEO RRSS

“Mini Chef El Arreo”

 

Centro Internacional de Inversiones S.A. (CIISA) cédula Jurídica 3-101-008150, en adelante como “El Arreo” es el ORGANIZADOR y ENCARGADO del concurso: “Cociná con la Chef Sofia”, concurso que se regirá por las disposiciones del ordenamiento jurídico de la República de Costa Rica, así como en los términos y condiciones que se establecen en el presente reglamento. La publicación de este reglamento se hará previo a su entrada en vigencia en la página web del organizador www.elarreo.com.

PRIMERO. OBJETO DEL CONCURSO: El Concurso consiste en la participación por medio de un comentario en un post que publicará El Arreo en sus redes sociales de Facebook e Instagram con alusión del día del niño.

SEGUNDO.  PREMIOS

a- En este concurso tendremos 3 ganadores, distribuidos de la siguiente forma:

  • Dos ganadores de 1 canasta de productos varios de la marca El Arreo. Según disposición del organizador.
  • Un ganador preparará una o varias recetas junto con la Chef Sophia en una transmisión pre-grabada que se transmitirá en estreno el sábado 11 de setiembre.

b- El premio no incluye los gastos personales, de transporte o traslado, ni de ninguna otra naturaleza u origen, en que deban incurrir los ganadores o sus acompañantes al apersonarse a retirar el premio, ni tampoco cualquier otro rubro que no esté expresamente incluido en este Reglamento. Si el organizador considera de conveniencia incrementar las cantidades de los premios en beneficio de los participantes del concurso, podrá hacerlo sin incurrir en algún tipo de responsabilidad.

d- Los participantes ceden los derechos de imagen para la transmisión en vivo en RRSS y post adicionales a la transmisión vivo.

TERCERO: REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN: El participante deberá ser madre o padre de un menor de edad. El comentario deberá ser realizado en el plazo establecido en el punto octavo y conforme al punto quinto.

CUARTO. PRODUCTOS SUJETOS DE ESTE CONCURSO: Cada canasta incluye los siguientes productos de la marca El Arreo:

  • Bandeja Carne Mechada 700 gramos
  • Tortas de Res 6 unidades
  • Taquitos de Res 12 unidades
  • Burritos de Res 7 unidades

QUINTO. MECANISMO DE PARTICIPACIÓN: Comentar el post del sorteo del día del niño. El participante deberá comentar el post del sorteo del día del niño en la red social a concursar diciendo cuál es la merienda favorita de su hijo o hija que contenga un producto de El Arreo y por qué su hijo debe ser el mini chef de El Arreo por un día.

SEXTO. INFORMACIÓN DEL PARTICIPANTE: Los organizadores considerarán participante a todas aquellas personas que hayan seguido los pasos del post de forma correcta.

SÉTIMO. TERRITORIO: El presente concurso será válida y surtirá efectos únicamente dentro de la República de Costa Rica.

OCTAVO. PLAZOS Y FECHAS QUE RIGENEL CONCURSO: a- Plazo para participar: El período de participación en el presente concurso es a partir del 02 de setiembre 2021 al 08 de setiembre del 2021.

NOVENO. PUBLICIDAD DE RESULTADOS: Los ganadores de canastas de productos se escogerán mediante la app El Hada de la suerte de Fanpage Karma y se anunciarán en el perfil de Facebook mediante un post y en Instagram mediante una historia el 09 de setiembre del 2021. Los organizadores unilateralmente y sin incurrir en ninguna responsabilidad, por razones de conveniencia u oportunidad, podrán cambiar la fecha de dicho anuncio, sin afectar por ello el período de participación, para no afectar las probabilidades de ganar. El ganador con participación junto con la Chef Sophia será escogido de forma personal, subjetiva y discrecional por la Chef Sophia, basándose estrictamente en los comentarios realizados en el post e igualmente el ganador será anunciando en el perfil de Facebook mediante un post y en Instagram mediante una historia el 09 de setiembre del 2021.

DÉCIMO: FECHA LÍMITE PARA RECLAMAR EL PREMIO: Después de ser notificados, los potenciales ganadores disponen de veinticuatro (24) horas hábiles siguientes a la notificación, para contactar a los organizadores por medio de mensaje privado por Facebook para coordinar la entrega del premio. Una vez vencido dicho plazo sin haber solicitado el premio, todo derecho de ganador caducará de pleno derecho, sin que ello genere ninguna responsabilidad a la empresa organizadora de la promoción. Vencido ese período nadie podrá pretender o reclamar ni el premio ni indemnización alguna.

DÉCIMO PRIMERO: SORTEO, FORMALIZACIÓN: a- Los ganadores escogidos en el sorteo estarán sujetos a verificación de cumplimiento de las condiciones del concurso   y sus datos personales. b- En caso de que un ganador no se localice, no acepte el premio, no cumpla con alguno de los requisitos reglamentarios del concurso, o que por cualquier otra razón justificada, no se le pueda entregar el premio, el Organizador, en el acto de efectuar el sorteo, escogerá un mínimo de tres (3) suplentes, de estos, en orden de nominación, será declarado ganador, únicamente en caso de que el ganador titular esté en alguna de las situaciones aquí previstas. El nombre de los suplentes escogidos no se harán públicos a menos que sean declarado ganadores. c- Notificación de los ganadores y reclamo del premio: Las personas favorecidas como ganadoras, escogidas en el referido sorteo, serán notificadas en el muro de Facebook o en historias de Instagran según la red social de El Arreo y deberán enviar un mensaje privado con sus datos para reclamar su premio. Una vez recolectada su información personal el organizador realizará un máximo de tres intentos de localizar a cada ganador. De cada intento se dejará constancia escrita. Si no fuese posible localizar a alguna de las personas favorecidas, se dejará constancia escrita de tal circunstancia y se procederá a dar el plazo establecido en el presente reglamento para que esa persona contacte al Organizador y acepte el premio. Si vencido dicho plazo la persona favorecida en el sorteo no contacta al organizador, su derecho al premio caducará en forma automática y se notificará a los suplentes, quienes se escogerán en orden de nominación (orden de escogencia según los resultados del sorteo). e- Si alguno de los ganadores, luego de ser notificado de tal condición, no se comunica con el Organizador dentro del plazo indicado (24 horas hábiles), si se niega a firmar la referida declaración jurada y de liberación de responsabilidad en beneficio de la empresa Organizadora, o si de cualquier manera incumple este Reglamento, se entenderá que renuncia al premio y que libera de toda responsabilidad, por su decisión, a la empresa Organizadora. f- Cada ganador, al recibir el premio firmará un recibido conforme del mismo, manifestará expresamente su conformidad con el concurso , la forma en que ésta se administró, autorizará en forma expresa el uso de su imagen para fines publicitarios, y eximirá de toda otra responsabilidad a la empresa organizadora, de cualesquiera daños, pérdidas, accidentes o menoscabos que pudiere afectar a cualquiera de los ganadores o a terceros allegados o extraños a éstos, en razón de la ejecución o utilización del premio. g- Derechos de imagen: El hecho de participar en el concurso implicará el consentimiento de los participantes para que su nombre, voz e imagen sean utilizados en programas de televisión, publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que los organizadores decidan unilateralmente efectuar, ya sea durante el período promocional o una vez vencido el mismo. Esta autorización no implicará deber alguno de remunerar o compensar al participante. Adicionalmente, según se ha dicho, las personas declaradas ganadoras deberán autorizar expresamente a la organizadora al libre uso de sus derechos de imagen como condición para que se les entregue el premio. h- En el supuesto que, ante situaciones imprevisibles, por razones de fuerza mayor no atribuibles a la voluntad y acción de los organizadores, se deba suspender la entrega del premio, o de una parte del mismo, o que su entrega constituya un riesgo para la integridad física y/o seguridad de los participantes o ganadores, los organizadores tendrán la opción más no la obligación de canjear los premios por otros de costo equivalente. i- Bajo ninguna circunstancia los organizadores estarán en la obligación de entregar un número mayor de premios a los ofrecidos en la publicidad y establecidos en este Reglamento.

DÉCIMO SEGUNDO: RESPONSABILIDADES DEL ORGANIZADOR: a- El Organizador en conjunto con los responsables de cada uno de los puntos es responsable de la correcta administración del concurso, conforme a este Reglamento, y de la entrega de los respectivos premios a cada ganador declarado. Los ganadores liberan expresa y anticipadamente al Organizador de toda responsabilidad por cualquier efecto derivado de la ejecución, uso y disfrute de sus premios. Al registrarse, los participantes aceptarán este Reglamento y de pleno derecho liberan de responsabilidad a los organizadores, copatrocinadores, empresas afiliadas y demás involucrados en este concurso, así como a sus ejecutivos, empleados, representantes legales o agentes, por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en el concurso, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro, posesión, uso y disfrute del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en el concurso. b- Sin perjuicio de lo anterior, se libera expresamente de responsabilidad del organizador por: 1) Intervenciones de personas/terceros no autorizados a los sistemas de computo o similares que alteren el desarrollo del concurso; 2) Daños sufridos a la integridad física y moral, o a los bienes de los eventuales ganadores o de terceros, que se ocasionen en virtud de este concurso   o como efecto del uso y disfrute del premio. c- Cualquier disputa de un ganador con terceros, con relación a la titularidad del premio, será un asunto ajeno a los organizadores, independientemente del origen o causa de la adquisición del producto, o de cualquier otro aspecto relacionado con esa o con cualquier otra transacción en la que el participante esté involucrado. d- Ninguna disposición del presente concurso se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes, diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante, ganador o suplente del concurso, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.

DECIMO TERCERO: CAUSALES DE SUSPENSIÓN DEL CONCURSO: El organizador se reserva el derecho de suspender unilateralmente  el concurso, temporal o definitivamente, sin incurrir en ningún tipo de responsabilidad ante terceros o con los participantes, en caso de detectarse en casos de fallas técnicas, alteración deliberada o accidental de documentos, de datos e información sobre los participantes, número de códigos registrados, datos y designación de ganadores y suplentes, así como la eventual falsificación, de acciones electrónicas, resultados del sorteo u otros, y cualesquiera manipulación deliberada o accidental de información, no autorizada, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar o impedir el normal desarrollo del concurso . De detectarse la existencia de cualquier tipo de anomalía o intento de fraude, tal y como las indicadas en el párrafo anterior, o bien en la etapa de designación de ganadores o en el reclamo y retiro de premios los organizadores podrán denunciar esos hechos ante las autoridades competentes.

DÉCIMO CUARTO: NOTIFICACIONES Y CENTRO DE ATENCIÓN DE CONSULTAS y RECLAMOS: Cualquier duda o consulta sobre la interpretación y alcances del presente Reglamento, podrá evacuarse mediante consulta telefónica durante el período del concurso, al número telefónico 2239-0655, de lunes a viernes de 7:30 am a 5 pm. La respuesta a estas consultas no generará modificaciones, totales ni parciales, a este Reglamento, ni dispensará de su cumplimiento.

 

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